Dña. Irene Luna Rodrigo (col.AO05293), D. Antonio Gijón López (col.AO08274) y D. Francisco Pérez Contreras (col.AO03947), son Psicólogos Jurídicos por el Colegio Oficial de Psicólogos de Granada, pertenecientes al turno de oficio de los Juzgados de la provincia de Granada y especialistas en la realización de peritajes en prácticamente todos los ámbitos de intervención psicológica.

Guardia y custodia: En los casos de separaciones y divorcios, se puede solicitar la intervención de un psicólogo forense para que evalúe la situación de los menores, y asesorar al juez en qué medida es la más adecuada para el bienestar de éstos, en cuanto a la custodia, y al régimen de visitas. Normalmente esta evaluación implica la evaluación de la idoneidad de los progenitores como custodios de los menores.

Imputabilidad penal: Los casos donde un sujeto comete un delito, pueden solicitar la intervención de un psicólogo forense que evalúe el estado mental del delincuente en el momento de cometer el delito. Se evalúa si el individuo padece algún tipo de enfermedad mental, si ésta tiene alguna relación con la realización de la conducta delictiva, y si estaba presente o no en el momento de cometer el delito, lo que implica valorar si la capacidad volitiva o la capacidad intelectiva estaban afectadas o preservadas. El asesoramiento del psicólogo en esta materia, ayudará al juez a determinar la imputabilidad, semiimputabilidad o inimputabilidad penal del individuo que ha cometido un delito.

Adopciones internacionales: El proceso de adopción de un menor por una familia implica la evaluación de la idoneidad de los adoptantes para hacerse cargo de un menor. El psicólogo puede actuar en este caso tanto como asesor, de cara a solicitar la adopción cumpliendo con los requisitos necesarios; como también puede actuar evaluando la idoneidad de los padres solicitantes. El psicólogo evalúa tanto la capacidad intelectual de los padres, como su estado mental, como sus habilidades y aptitudes para hacerse cargo de un menor.

Evaluación del daño cognitivo: Cuando una persona sufre un accidente de tráfico o laboral, cuando sufre una agresión o un trauma, normalmente eso implica además de unos daños materiales y orgánicos (lesiones médicas), un daño cognitivo, como puede ser la aparición de fobias, ansiedad, depresión, problemas emocionales o trastornos de funciones neuropsicológicas (memoria, atención, lenguaje, praxias,…). La intervención del psicólogo forense en este ámbito implica la valoración de todos los daños ocasionados sobre el individuo, determinar si se deben o no al incidente, y cuál es el pronóstico de los mismos. Esta información asesora al juez a la hora de determinar la gravedad de los daños recibidos por el incidente, y la indemnización que le corresponde.

Credibilidad de testimonio: En casos como abusos sexuales, abuso de menores, agresiones sexuales, malos tratos, violencia de género,…. a menudo el único argumento jurídico es el testimonio de una persona que afirma haber sufrido tales conductas sobre su persona. La función del psicólogo forense en estos casos es analizar el testimonio y valorar si el testimonio que ofrece la supuesta víctima es creíble o no creíble.

Capacidad testamentaria: La capacidad testamentaria implica que la persona que ha firmado o va a realizar un testamento o firmar algún documento legal, está capacitado intelectualmente para entender lo que ha firmado. En este ámbito son muy frecuentes los casos de personas mayores que firman un testamento y solicitan que se evalúe su capacidad testamentaria para dar validez a tal intención de la persona sobre sus bienes y herederos. También son casos frecuentes aquellos en los que se evalúa si una persona que ha firmado un documento estaba capacitado o no para entender las implicaciones de lo que estaba firmando.Ofrecemos presupuesto de cada evaluación sin coste ni compromiso alguno.